El blog de Elena Bonet

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lunes, 31 de enero de 2011

Seguridad vial

La Ley Orgánica 5/2010 de 22 de Junio modifica la Ley Orgánica 10/1995 de 23 de Noviembre del Código Penal y añade un nuevo artículo, el 385 bis, que dice lo siguiente: " El vehículo a motor o ciclomotor utilizado en los hechos previstos en este capítulo se considerará instrumento de delito a los efectos del art.127 y 128". A mi me parece bien que se decomise el vehículo cuándo se excede la velocidad determinada para tal caso, así como por exceso de alcohol por encima de lo permitido legalmente. Y es curioso que al consultar foros de estas materias, las opiniones son muy variadas y algunas desconcertantes. No me parece mal, frente a quien dice que estas medidas son exageradas. Creo que no. Que está bien...lo que me parece claramente insuficiente, son las penas aplicables a determinados delitos atentatorios de la seguridad vial. Aunque cada caso se juzga en función a las particularidades de cada causa, solo consultando algo de jurisprudencia se puede ver por donde van los tiros. Por ejemplo... Caso Palencia..."Conducción temeraria, circular en sentido contrario con resultado de muerte...."...pena de 2 años de prisión y 4 de privación del permiso de conducir.
Hace unas fechas me crucé con un vehículo en dirección contraria en la Autopista del Mediterráneo, A-7, entre San Juan de Alicante y Benidorm. Era de noche y afortunadamente no pasó nada grave . Pero el riesgo de colisión que otras personas y yo misma corrimos fue altísimo. Inmediatamente lo puse en conocimiento de los servicios de emergencia. No podía salir de mi asombro. El miedo me tenía casi paralizada. Hube de llegar a casa y tomar conciencia de lo cerca que había estado rondando la muerte esa noche para muchos conductores inocentes.
Hoy la hija de unos famosos actores y el sobrino de un político catalán, han sido enterrados en Barcelona. Ella tenía solo 18 años, él 20.
Y me digo a mi misma que la ley es insuficiente. Que la vida de las personas vale mucho. Que las familias rotas, la desgracia, el dolor infinito de muchos...sale muy barato a otros. No es justo. El conductor que ha matado a estos jóvenes llevaba cinco veces más de alcohol en sangre de lo permitido por ley. ¿Y ahora que le va a pasar?..
Aquellos que desprecian la vida de los demás, que la ponen en riesgo alegremente, que no tienen sentido de la responsabilidad con lo más sagrado, que ignoran que llevan entre manos una posible arma mortífera... deben pagar como consecuencia de sus actos. Y de manera ejemplar. De manera muy ejemplar. No me valen 2 años de carcel, o 4 , o 6. Solo una Justicia justa. Y todas las medidas disuasorias posibles.

1 comentario:

  1. Esta claro que atropellar a alguien estando bebido debe ser considerado asesinato y no homicidio.

    No entiendo como alguien aun es capaz hoy en dia de, no solo poner su vida en riesgo, si no la de los demas. No lo entiendo... esto debe ser duramente castigado.

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